miércoles, 24 de abril de 2019

LA EVALUACIÓN EUROPEA DE LOS PLANES DE GESTIÓN DE RIESGO DE INUNDACIONES EN ESPAÑA RESALTA MUCHOS AVANCES, BUENAS PRÁCTICAS, PERO TAMBIÉN DEBILIDADES Y LA NECESIDAD DE MÁS ACCIONES


Guido Schmidt. Vocal del Comité Técnico “Actividades en la Planificación de Recursos Hidráulicos” de SPANCOLD

El pasado día 26 de febrero de 2019, la Comisión Europea (CE) publicó su evaluación de la implementación del primer ciclo de la Directiva de Inundaciones, además de informes más detallados para cada Estado Miembro de la Unión Europea (UE).

En la evaluación general (ver informe[1]), la CE evalúa más de 270 Planes de Gestión del Riesgo de Inundaciones (PGRI), bajo un contexto de toma de conciencia de la magnitud del problema, que entre 1991-2015 mataron a más de 2,000 personas y afectaron a 8.7 millones de personas. Mientras que, en la mayoría de los países, los planes hidrológicos de la DMA y los de gestión de riego de inundaciones se desarrollan en documentos separados, cuatro países (Croacia, Lituania, Malta, y las regiones de Flandes y Bruselas en Bélgica) presentaron una especie de planes conjuntos.

                                       Gestión de los riesgos de inundación; avenida en el Ebro. Foto de la web del MITECO

La mayoría de los planes incluye objetivos fijados a nivel nacional con una posterior concreción geográfica, así como la implicación de diferentes niveles administrativos en la implementación de las medidas. Sin embargo, en la mayoría de los países, tales objetivos no son específicos ni medibles. En el conjunto europeo, el 40% de las medidas son de protección, el 25% de prevención, otro 25% de preparación y el 10% de recuperación. Todos los Estados Miembros incluyen en sus PGRI “medidas basadas en la naturaleza” y medidas de aseguramiento de los bienes vulnerables siendo el “Consorcio de Compensación de Seguros” español uno de los referentes europeos, que ha editado la “Guía para la reducción de la Vulnerabilidad de los edificios frente a las inundaciones[2]”, Madrid 2017; con el apoyo de los departamentos implicados de MITECO y MINECO.

Los datos sobre los costes de las medidas son incompletos y aún muy dispares. En cuanto al enfoque de los análisis coste-beneficio de las medidas pueden distinguirse dos grupos de países: aquellos que lo aplican a todas las medidas (Austria, Finlandia, Lituania, Luxemburgo, Polonia, Romania y Eslovaquia); y los que sólo lo aplican a medidas estructurales (Bulgaria, Chipre, Estonia, Hungría, Eslovenia y España).

El informe específico[3] hecho sobre los PGRI en España revisa sólo 5 de los 17 PGRI aprobados entonces (Júcar, Galicia, Cantábrico Oriental, Cuencas Andaluzas Mediterráneas e Islas Baleares), seleccionados por sus previsibles diferencias metodológicas. La evaluación se realiza mediante un cuestionario específico, que queda reflejado en el Informe y, como conclusión, destaca las siguientes cuestiones:

·        El buen trabajo técnico realizado con carácter general que ha permitido identificar una serie de buenas prácticas, si bien también detectan debilidades y la CE recomienda siete mejoras (ver informe[4]).

·        La ausencia de PGRI en las Islas Canarias, hecho que impulsó la decisión de la CE de llevar este caso ante el Tribunal Europeo de Justicia (ECJ), anunciada con fecha 24 de enero de 2019[5].

La CE reconoce una buena labor de recopilación de información sobre fases anteriores y la facilidad de acceso a datos e información sobre las áreas potenciales de riesgo de inundaciones[6]. La CE también ha apreciado el trabajo conjunto con las autoridades lusas, p.ej. la publicación de documentos en portugués para su acceso y alegaciones por parte de interesados “aguas abajo”.

Respecto al apartado de “definición de objetivos de gestión” considera que los objetivos en los PGRI españoles no son medibles y el proceso de priorización de los mismos resulta opaco, por lo que recomienda que se explique y documente mejor en los siguientes planes. Reconoce como “buena práctica” la definición de objetivos más específicos, por ejemplo, en el PGRI del Júcar.

La “planificación e implementación de las medidas” ofrece como puntos fuertes la cuantificación de las medidas y su determinación geográfica, así como el establecimiento de indicadores de ejecución. Sin embargo, los PGRI pecan de una muy escueta descripción de las medidas previstas (difícil de entender incluso para muchos interesados), y no se explica cómo se espera que contribuyan al logro de los objetivos, ya que los PGRI no incluyen prácticamente indicadores de impacto ni fijan valores objetivo a alcanzar en 2021, de tal manera que resulta imposible evaluar su funcionamiento, independientemente del esfuerzo que se haya realizado. La CE recomienda a España emplear un sistema completo de objetivos medibles e indicadores de progreso y de contribución a los objetivos; a similitud del modelo DPSIR que se está aplicando a los planes DMA. La CE aclara que Bulgaria, Polonia y Suecia sí han hecho un esfuerzo para – al menos parcialmente – establecer este vínculo, y su experiencia podría servir como modelo.

La CE critica que España no fomenta suficientemente el uso de “medidas basadas en la naturaleza”, de las que sólo se encuentran unos pocos ejemplos. La CE considera estas medidas de “bajo coste” y “alta compatibilidad para contribuir a otros objetivos ambientales de la UE”, por lo que recomienda un mayor énfasis. Existen varios proyectos pilotos exitosos en España[7] que han sido reconocidos en premios internacionales – ej. el RIVERPRICE -, por ejemplo en los ríos Arga-Aragón en Funes (Navarra)[8] y en el río Híjar (Reinosa). Incluso hay experiencias anteriores como la retirada de varios kilómetros de motas en el río Órbigo en León promovidas por la CH Duero, recuperándose la llanura de inundación, o uno de los proyectos más antiguos relativo a las “soluciones basadas en la naturaleza” como la recuperación de un brazo secundario del río Sil en la Martina (Ponferrada-León) ya en 2009, y el espacio entre este y el cauce principal, que recibiría el agua superior al periodo T25. Todos ejemplos que podrían extenderse a otros territorios afectados por inundaciones.

El cambio climático está insuficientemente tratado en los PGRI como muestra, por ejemplo, la ausencia de datos sobre máximos de precipitación diarios; si bien los planes incluyen como medida la elaboración de nuevos estudios. La CE recomienda también una mayor integración con el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático[9].

Los análisis coste-beneficio se han utilizado en los PGRI como uno de los criterios para la priorización de las medidas, pero no se documenta en los planes, anunciando que se realizarán sólo en la fase de implementación de las medidas estructurales; por otro lado, cabe indicar que no todas estas medidas están incluidas en los PGRI, sino que algunas – como nuevos embalses previstos en las cuencas del Guadalquivir y el Ebro – sólo aparecen en los Planes Hidrológicos de Cuenca aunque la mitigación del impacto de las inundaciones forme parte de sus objetivos. La CE recomienda que los PGRI presenten tanto la metodología como los resultados de estas evaluaciones.

La participación púbica ha contado con reuniones técnicas con otras administraciones en la fase de elaboración de los PGRI, y se ha traducido en un número relativamente bajo de alegaciones; sin embargo, la implicación de ONGs y otros interesados ha sido escasa, sólo a través de la aprobación definitiva de los PGRI en los Consejos del Agua.

En cuanto al fomento de la formación y la implicación de las entidades locales y empresariales en cuanto a su propia responsabilidad en la reducción del riesgo, se ha hecho un gran esfuerzo en este sentido[10], sobre todo en la definición de los usos del suelo den zonas inundables[11]. Un video[12] del MITECO explica cómo prevenir daños de inundación a través de una buena ordenación del territorio.

La mayoría de las medidas (760) se ejecutarán por parte de la Administración General del Estado (AGE), seguido por las Comunidades Autónomas (337) y las entidades locales (37). Estas últimas, sin embargo, juegan un papel importante en la prevención del riesgo de inundaciones.

La evaluación de la CE se completa con un Informe sobre la cooperación transfronteriza[13] y otro del año 2015 sobre los pasos anteriores en la implementación de la Directiva de Inundaciones[14].



[7] http://www.fromseatosource.com  (en especial páginas 162 y 174)

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